La nueva Ley de Vivienda, en vigor desde el 25 de mayo de 2023, trae importantes incentivos fiscales para los propietarios que alquilan sus inmuebles. Estas bonificaciones están pensadas para estimular el acceso a viviendas a precios asequibles en zonas con alta demanda, conocidas como zonas tensionadas. A partir del 1 de enero de 2024, los propietarios podrán beneficiarse de una bonificación fiscal por minoración de renta de alquiler, siempre y cuando cumplan con una serie de requisitos que favorecen tanto a los inquilinos como a los arrendadores.
¿Qué son las zonas tensionadas?
Una zona tensionada es aquella donde el coste del alquiler supera el 30% de los ingresos medios netos de los hogares o donde el precio de compra o alquiler ha aumentado al menos 5 puntos más que el IPC en los últimos cinco años. Las Comunidades Autónomas son las responsables de proponer al gobierno central qué áreas deben ser declaradas tensionadas. Regiones como Madrid, Baleares, Valencia y Málaga tienen zonas susceptibles de recibir esta calificación, aunque solo Cataluña ha solicitado la declaración de 140 zonas tensionadas hasta la fecha.
Bonificaciones del IRPF por minoración de renta
A partir de 2024, los propietarios podrán aplicar varias deducciones en función de la situación de su inmueble y el tipo de contrato de alquiler que formalicen:
- Bonificación del 90%: Si el propietario reduce el alquiler en un 5% o más respecto al contrato anterior en los últimos cinco años y la vivienda está en una zona tensionada, solo se gravará el 10% del rendimiento neto obtenido del alquiler.
- Bonificación del 70%: Se aplica si el alquiler es el primer contrato del inmueble, está en una zona tensionada, y el inquilino tiene entre 18 y 35 años, o si la vivienda se alquila a una entidad sin ánimo de lucro o administración pública para fines sociales.
- Bonificación del 60%: Si el inmueble ha sido rehabilitado en los últimos dos años, el propietario podrá aplicar una reducción del 60% en su rendimiento neto.
- Bonificación del 50%: Esta es la bonificación general que se aplicará cuando no se cumplan las condiciones anteriores. Es importante destacar que, a diferencia de años anteriores, la reducción general se ha reducido del 60% al 50%.
¿Cómo saber si puedes aplicar esta minoración de renta?
Para acceder a estas reducciones fiscales, el propietario debe cumplir con ciertas condiciones:
- Rehabilitación: Si la vivienda ha sido rehabilitada o ha pasado por mejoras en los dos años previos al contrato, el propietario podrá aplicar la bonificación del 60%.
- Alquiler en zonas tensionadas: Si la propiedad está en una zona tensionada, los propietarios pueden beneficiarse de las bonificaciones más altas (90% o 70%) si cumplen con los requisitos adicionales (rebaja del 5% en la renta o inquilinos jóvenes).
- Programa público: Las viviendas alquiladas dentro de programas públicos de vivienda social también son susceptibles de recibir bonificaciones.
- No ser gran tenedor: Los beneficios fiscales están pensados para pequeños propietarios, por lo que no se aplicarán a aquellos que posean un gran número de inmuebles.
El impacto de la nueva ley
Con estas bonificaciones, el gobierno busca aliviar la presión en el mercado del alquiler, incentivando a los propietarios a ofrecer viviendas a precios más accesibles. Si bien los incentivos varían según las circunstancias del inmueble y su ubicación, esta medida podría contribuir a moderar los precios en las zonas más afectadas por la falta de oferta de alquiler.
Para los propietarios, estas nuevas desgravaciones ofrecen una oportunidad de rentabilizar sus alquileres mientras contribuyen a generar una oferta más asequible. Además, aquellos que deseen realizar mejoras en sus inmuebles también se verán recompensados con reducciones en el IRPF, lo que podría impulsar la rehabilitación del parque inmobiliario.
Si eres propietario de un inmueble y estás pensando en alquilarlo, es fundamental que revises si tu vivienda está en una zona tensionada o cumple con alguno de los requisitos para beneficiarte de estas importantes bonificaciones fiscales.
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