Firmar un contrato de alquiler garantiza que se va a establecer una relación contractual entre un propietario y un inquilino en el que se establecen los derechos y obligaciones de ambas partes y donde quedan establecidas, además del importe de la renta o la duración del contrato, cuáles van a ser las garantías de pago de la renta.
En Llar 56 te explicamos cuáles son todas las garantías que te ofrece firmar un contrato en alquiler.
La fianza
Quizá una de las garantías más conocidas cuando se firma un contrato de alquiler es la fianza, que normalmente corresponde a una mensualidad, y que se devolverá en el caso de que no haya ningún impago ni el inquilino deje desperfectos en la vivienda.
El depósito en garantía
Junto con la fianza obligatoria este depósito se entrega al propietario para que, en caso de que haya desperfectos o roturas en la vivienda, el propietario puede usarlos junto con la fianza para asumir esos costes.
El seguro de impago alquiler
Si se trata de un contrato de arrendamiento a largo plazo conviene contratar un seguro de impago de alquiler, mediante el que el propietario podrá tener la tranquilidad y la seguridad de poder recurrir a la compañía aseguradora ante cualquier impago por parte del inquilino o cualquier destrozo en el inmueble.
Un aval bancario como garantía
En determinadas ocasiones hay propietarios que solicitan un aval bancario como garantía del cumplimiento de las obligaciones contractuales y que se debe renovar anualmente mientras dure el contrato de alquiler.
Garante o fiador solidario
El garante o fiador solidario es una persona ajena al contrato que suele ser una persona de confianza o un familiar del inquilino y actuará como responsable solidario para saldar cualquier deuda del arrendatario, esta persona también tiene que firmar el contrato arrendamiento y el propietario podrá reclamarle cualquier deuda. Normalmente se suele utilizar este aval más personal para los alquileres a estudiantes o en algunas circunstancias particulares.